Preguntas y Respuestas

Encuentra aquí las inquietudes más frecuentes sobre nuestro producto

¿Por qué es importante contar con un seguro de desgravamen?

El seguro de desgravamen cubre el monto adeudado a un banco o tarjeta de crédito en caso de fallecimiento del prestatario. Con este seguro, la aseguradora cancela el monto adeudado a la fecha del fallecimiento, evitando que esta sea una carga para los familiares del titular de la póliza.

¿Cómo contrato el seguro de desgravamen?

Este seguro lo puedes contratar en línea o a través de tu broker de confianza.

Escríbenos usando el formulario de contacto para solicitar más información.

¿Qué hacer en caso de siniestro?

MUERTE POR CUALQUIER CAUSA:
DIAS PARA REPORTAR 3 AÑOS

  • Copia de Cédula o Partida de Nacimiento
  • Partida de defunción original o Copia Autentificada
  • Certificado de ser socio
  • Tabla de Amortización
  • Historial de Pago de Crédito
  • Certificado de Valor Insoluto a pagar
  • En caso de Novación de Crédito se requerirá un certificado en donde se detalle saldo del crédito anterior vs el nuevo valor concedido por novación.

En caso de fallecimiento del cónyuge se deberán presentar los mismos documentos anteriormente descritos y adicionalmente uno de los siguientes 3 documentos de acuerdo al caso:

  • MATRIMONIO: Copia Cédula donde conste que se encuentra casada con el socio o partida de matrimonio.
  • UNION DE HECHO: Declaración Juramentada de la Unión de Hecho frente a un notario. (en vida)
  • CONVIVIENTE: Formulario de Crédito donde consta la declaración de la conviviente del socio o firma del conviviente en el pagaré del crédito.

En caso de fallecimiento del Garante principal cuando el titular de la póliza sea soltero se deberán presentar los mismos documentos anteriormente descritos adicionando el siguiente documento: Pagaré del crédito firmado.

INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE Y ENFERMEDADES GRAVES:

DIAS PARA REPORTAR 90 DIAS

  • Carné o Certificado de Incapacidad del Ministerio de Salud Pública o Conadis, o Resolución de Jubilación de IESS
  • Copia de la cédula
  • Certificado de Valor Insoluto a pagar
  • Tabla de Amortización
  • Historial de Pago de Crédito
  • Historia Clínica
  • En caso de Novación de Crédito se requerirá un certificado en donde se detalle saldo del crédito anterior vs el nuevo valor concedido por novación.

En caso de Incapacidad Total y permanente del cónyuge se deberán presentar los mismos documentos anteriormente descritos y adicionalmente uno de los siguientes 3 documentos de acuerdo al caso:

  • MATRIMONIO: Copia Cédula donde conste que se encuentra casada con el socio o partida de matrimonio.
  • UNION DE HECHO: Declaración Juramentada de la Unión de Hecho frente a un notario. (en vida)
  • CONVIVIENTE: Formulario de Crédito donde consta la declaración de la conviviente del socio o firma del conviviente en el pagaré del crédito.

En caso de ITP del Garante principal cuando el titular de la póliza sea soltero se deberán presentar los mismos documentos anteriormente descritos adicionando el siguiente documento:

¿Por qué contratar con Ahorra en Seguros?

Este producto es más conveniente para el consumidor, ofrecemos condiciones que representan un ahorro para el titular de la póliza la cual podría llegar a ser una diferencia de hasta el 25%. Además, brinda un respaldo económico adicional a los beneficiarios.

¿Qué pasa si la institución financiera no recibe mi póliza?

Las instituciones financieras deben reconocer su póliza, ya que los consumidores tienen derecho a elegir bienes y servicios (entre ellos los seguros) con libertad.

¿Qué pasa si ya tengo un crédito contratado que incluye un seguro de desgravamen?

El titular de la póliza tiene libertad de cambiar su seguro en cualquier momento, nuestro seguro lo puede contratar antes o durante la vigencia de su crédito. Solo debe indicar a la institución financiera su voluntad de renunciar al seguro y aplicar nuestra póliza.